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El Soto de la Moraleja Guía de El Soto de la Moraleja

Comprar casa en El Soto de la Moraleja: costes y pasos

Además del precio, reserve el 6 % de ITP si compra de segunda mano en El Soto, o el 10 % de IVA más el 0,75 % de AJD si es obra nueva, y añada notaría, Registro y gestoría. Antes de firmar, pida al vendedor los recibos del IBI, de la Entidad de Conservación y de la comunidad: son deudas que pueden acabar siendo suyas.

Por De Salas Luxury Homes · Actualizado el

6 %ITP, vivienda usada (Comunidad de Madrid)Fuente: Decreto Legislativo 1/2010 de la Comunidad de Madrid
0,75 %AJD en obra nueva de más de 180.000 €Fuente: Decreto Legislativo 1/2010 de la Comunidad de Madrid
0,40 %tipo del IBI urbano en Alcobendas, 2026Fuente: Ordenanzas fiscales de Alcobendas (recopilación ASPRIMA)
4 %ICIO sobre el coste de una obraFuente: Ordenanzas fiscales de Alcobendas (recopilación ASPRIMA)

En resumen

  • En una vivienda de segunda mano paga el 6 % de ITP en la Comunidad de Madrid (4 % si es familia numerosa y vivienda habitual).
  • En obra nueva paga el 10 % de IVA más el 0,75 % de AJD por encima de 180.000 €; el AJD de la hipoteca lo paga el banco.
  • El IBI de Alcobendas es del 0,40 % del valor catastral en 2026, el mínimo legal; la casa responde de los recibos pendientes.
  • La aportación a la Entidad de Conservación es trimestral: si el vendedor no comunica la venta en 15 días, se le puede seguir cobrando a él.
  • Si el vendedor no reside en España, usted debe retener el 3 % del precio y queda como sustituto en la plusvalía municipal.

Impuestos de la compra: la tabla

CasoImpuestoTipoEjemplo con 1.000.000 €
Vivienda de segunda manoITP6 %60.000 €
Segunda mano, familia numerosa, vivienda habitualITP reducido4 % (vendiendo la anterior en dos años)40.000 €
Obra nueva comprada al promotorIVA + AJD10 % + 0,75 %100.000 € + 7.500 €
HipotecaAJDLo paga el banco0 € para usted

La bonificación del 10 % del ITP para vivienda habitual solo se aplica hasta 250.000 € de valor, garaje incluido, así que en El Soto casi nunca entra. La del 4 % para familias numerosas sí: exige que la casa sea su vivienda habitual y que venda la anterior en los dos años anteriores o posteriores. El IVA del 10 % es el general de vivienda; el AJD de 0,75 % se aplica a partir de 180.000 € de valor real.

Notaría, Registro y gestoría

Notaría y Registro de la Propiedad cobran por arancel oficial, que crece con el precio. Pida presupuesto a la notaría antes de fijar la fecha de firma. Si hay hipoteca, pregunte por escrito al banco qué gastos asume él y cuáles le repercute a usted.

Antes de firmar las arras, pida una nota simple en el Registro: confirma titular, cargas y superficie registral. Compárela con el Catastro. Si no coinciden, aclárelo antes de pagar nada.

IBI: cuánto y por qué importa al comprar

Alcobendas aplica en 2026 un tipo del 0,40 % al valor catastral de las viviendas, el mínimo que permite la ley estatal. Para inmuebles no residenciales de mucho valor hay tipos diferenciados, pero no afectan a las casas. Ejemplo: con un valor catastral de 300.000 €, el recibo es de 1.200 € al año antes de bonificaciones.

Lo que más importa al comprar: por ley, la vivienda queda afecta al pago del IBI pendiente aunque cambie de dueño, y el notario debe advertírselo. Pida el último recibo pagado. Si hay deudas, que se descuenten del precio en la escritura.

Cuota de la Entidad de Conservación de El Soto

Es una aportación obligatoria y trimestral, que no se puede dejar de pagar aunque no use los servicios. Los estatutos la reparten por el volumen edificable de cada parcela, con estos coeficientes:

Tipo de parcelaCoeficiente
Viviendas colectivas o adosadas1
Zonas comerciales y deportivas privadas1
Zonas escolares privadas0,7
Parcelas de 2.500 m² o más con vivienda unifamiliar aislada0,5
Zonas públicas (deportiva, verde, ermita y cementerio)Exentas

En las comunidades de propietarios, la comunidad responde ante la Entidad por toda la parcela y reparte la cuota entre los vecinos con su coeficiente. Dos consejos que salen de los estatutos: pida al vendedor los recibos del último año, y exija que comunique la venta a la Entidad en los 15 días siguientes. Si no lo hace, la Entidad le puede seguir reclamando las cuotas a él, pero usted heredará el problema.

Plusvalía municipal: quién la paga

En una compraventa la paga el vendedor, salvo que no resida en España: entonces el comprador queda obligado como sustituto. Además, si el vendedor es no residente, usted debe retener el 3 % del precio e ingresarlo a Hacienda a cuenta de su impuesto. Si no lo hace, responde usted.

Si no hay ganancia real en el suelo, no hay impuesto; y si la ganancia real es menor que la calculada con coeficientes, se paga por la real. En Alcobendas el tipo general es del 29,5 %, según la recopilación de ordenanzas fiscales 2026 de ASPRIMA. Los coeficientes máximos del método objetivo cambian con efectos 1 de diciembre de 2026 (Real Decreto-ley 29/2026): compruebe el vigente en la fecha de la escritura.

Si va a reformar: licencias y lo que cuesta

Desde la reforma de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, solo necesitan licencia los actos que enumera su artículo 152; el resto de obras van, en general, por declaración responsable. Pregunte al Ayuntamiento qué vía le toca antes de cerrar presupuesto con la constructora.

Concepto (Alcobendas, 2026)Importe
ICIO4 % del coste de ejecución material
Tasa de obra mayor, obra de 60.101,22 € a 120.202,42 €1.678,35 €
Tasa de obra mayor, obra de 300.506,06 € a 601.012,10 €8.054,80 €
Tasa de obra menor0,9 % de la base, mínimo 26,90 €
Primera ocupación, vivienda de 300 a 500 m²201,10 €

Ejemplo: una reforma de 100.000 € de presupuesto de ejecución paga 4.000 € de ICIO y, si es obra mayor, 1.678,35 € de tasa. Y recuerde el arbolado: no puede talar árboles de más de 10 años o 20 cm de tronco sin autorización, y cada árbol talado se repone con uno por año de vida.

Qué revisar en la casa, en El Soto en concreto

«En los edificios de los ochenta y noventa la diferencia entre superficie construida y útil puede superar el 20 %. Compare siempre sobre útiles: es donde aparecen las gangas reales y las malas compras.» (desalas.com, análisis de precios de El Soto de la Moraleja.)
  • Derramas: en conjuntos con piscina, ascensores o climatización, pida las actas de los tres últimos años.
  • Ampliaciones: si la casa se ha ampliado, compruebe que lo construido coincide con Catastro y Registro.
  • Garaje: cuente plazas y mire si su calle está en zona de aparcamiento regulado (ORA, en vigor desde mayo de 2024).
  • Ruido: no es lo mismo una calle interior que una casa que da a la A-1. Visítela en hora punta.

Los pasos, en orden

  1. Fije presupuesto total: precio + 6 % de ITP (segunda mano) o 10,75 % de IVA y AJD (obra nueva), más notaría, Registro y gestoría.
  2. Si necesita hipoteca, pida la preaprobación antes de ofertar.
  3. Pida nota simple, último recibo del IBI, recibos de la Entidad y de la comunidad, y actas.
  4. Visite la casa dos veces, una en hora punta.
  5. Firme arras con las condiciones claras: plazo, qué pasa si no se concede la hipoteca, deudas a descontar.
  6. Escritura ante notario y liquidación del ITP o del AJD.
  7. Inscripción en el Registro, cambio de titular en IBI, Entidad, comunidad y suministros, y empadronamiento en Alcobendas.

Si quiere que alguien revise esto con usted, la oficina de De Salas en La Moraleja (91 266 00 57) trabaja El Soto a diario.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el ITP en la Comunidad de Madrid?

El 6 % del valor de la vivienda usada. Las familias numerosas que compran su vivienda habitual pagan el 4 % si cumplen los requisitos, entre ellos vender la anterior en dos años.

¿Qué impuestos se pagan al comprar obra nueva en El Soto?

El 10 % de IVA y el AJD de la escritura, que en la Comunidad de Madrid es del 0,75 % para viviendas de más de 180.000 € compradas por particulares.

¿Cuánto es el IBI en Alcobendas?

En 2026 el tipo para viviendas es del 0,40 % del valor catastral, el mínimo que permite la ley. El recibo exacto depende del valor catastral de cada casa.

¿Quién paga la plusvalía municipal al vender?

El vendedor. Si no reside en España, el comprador actúa como sustituto y además debe retener el 3 % del precio a cuenta del impuesto de no residentes.

¿Hay que pagar la cuota de la Entidad de Conservación?

Sí, es obligatoria para todos los propietarios del ámbito y se cobra por trimestres. Pida al vendedor los recibos y que comunique la venta a la Entidad en 15 días.

Fuentes

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